Relaciones Internacionales


El derecho internacional humanitario emergió tímidamente hace dos siglos y se afirmó en sucesivas etapas después de la Segunda Guerra Mundial. Finalizando el XIX, el Zar ruso Nicolás II, convocó a una serie de conferencias en el marco de la cuales las potencias europeas suscribieron una regulación convencional de la guerra. Estas no hacían mención alguna, sin embargo, a una eventual responsabilidad penal de los individuos.

Cómo funciona el TPI

La competencia del TPI, según el estatuto, está limitada materialmente a juzgar los crímenes de "genocidio", los crímenes contra la humanidad, y los crímenes de guerra. Juzga individuos y no Estados. Esto a diferencia de la Corte Internacional de Justicia, principal órgano judicial de las UN, que se diseñó para querellas entre los Estados, sin jurisdicción sobre asuntos que involucren la responsabilidad individual en un crimen.

La corte podrá ejercer su jurisdicción en tres casos:

1) En un caso específico, cuando el Estado en cuyo territorio se cometió el crimen o el Estado cuya nacionalidad tiene el acusado sean partes del Estatuto.
2) En el caso de ser solicitado por un Estado no parte del Estatuto con base a casos aislados
3) En caso de que el Consejo de Seguridad remita al Tribunal cuando parezca que se ha cometido uno o más de los crímenes contenidos en el Estatuto y estos constituyan una amenaza para la paz y la seguridad internacional, la Corte será entonces obligatoria y legalmente ejecutable en todos los estados, independientemente de que estos hayan reconocido su legitimidad. Esto significa que el Consejo de Seguridad mantendrá el control definitivo de la Corte.

El Estatuto del nuevo tribunal reconoce la función del Consejo de Seguridad en el mantenimiento de la Paz y seguridad internacionales al aceptar que, en conformidad con el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo puede remitir una situación al Tribunal cuando parezca que se han cometido uno o más de los crímenes contenidos en el Estatuto. Solamente en este caso la jurisdicción de la nueva Corte Internacional es obligatoria y legalmente ejecutable en todos los Estados, aún en los que no reconocieron su legitimidad. Esta medida no ajena a las propuestas estadounidenses en la redacción del Estatuto refleja la voluntad de Washington de que el Consejo de Seguridad tenga la palabra definitiva. Dado que tiene veto en el Consejo de Seguridad, tendría poder de veto sobre el Tribunal.

En teoría el Tribunal será un complemento y vendrá a reemplazar a las cortes nacionales. El TPI actuará solo cuando las cortes nacionales sean incapaces de ejercer su jurisdicción o se muestren renuentes a hacerlo. Si una corte nacional está dispuesta a ejercer su jurisdicción y sea capaz de hacerlo la Corte Penal Internacional no podrá intervenir y ningún ciudadano de ese estado podrá ser llevado ante ella, a no ser en los casos que le remita el Consejo de Seguridad.

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